LINEAMIENTOS PARA LA ATENCIÓN SINCRÓNICA DE CLASES EN LÍNEA PARA LA ESCUELA PREPARATORIA “ING. PASCUAL ORTIZ RUBIO”, en tanto dure la contingencia sanitaria por el SARS-CoV-2

(Aprobados por el H. Consejo Técnico de la EPIPOR)

CONSIDERANDO

PRIMERO. Que el Derecho humano a la educación es un derecho universal, que el Estado se encuentra obligado a su cumplimiento y por lo tanto, debe estar al alcance de todos; Sin embargo, en las condiciones sociales generadas por la Pandemia SARS-Cov-2 se ha visto incrementado un preocupante fenómeno de deserción, ante lo que las instituciones educativas contempladas en los diversos cuerpos normativos se han visto obligadas a implementar instrumentos a fin de hacer eficaz este derecho aún las limitaciones que como medidas sanitarias han sido necesarias tomar como lo es la distancia, lo que implica la realización de una suma de esfuerzos a fin de que, no necesariamente ello signifique una disminución en la calidad de la educación que se imparte.

SEGUNDO. En el mismo sentido la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo ha instrumentado diversos mecanismos y decretado diversos lineamientos, que han concretado durante la pandemia en la utilización de medios tecnológicos para lograr la implementación de clases en diversas plataformas que permitan cerrar la brecha que la distancia impone como medida sanitaria y atender tanto de manera sincrónica como de manera asincrónica; teniendo presente que en el proceso de enseñanza aprendizaje el contacto humano es un elemento importante, que puede ser compensado en la atención en tiempo real en forma virtual.

TERCERO. En atención a lo establecido en los artículos 1º, 3º y 4º.  de la Constitución Política de las Estados Unidos Mexicanos; así como el artículo 28 de la Convención sobre los Derechos del Niño, tratado internacional del que nuestro país es parte, artículo que establece un mínimo de condiciones a fin de garantizar el pleno ejercicio al derecho humano a la educación; lo anterior, tomando en consideración además que, la población mayoritaria del bachillerato de la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo es menor de edad.  El Consejo Técnico de la Escuela Preparatoria Ing. Pascual Ortiz Rubio para garantizar lo establecido en el artículo 5º. de la Ley Orgánica  y con las facultades que goza; así como para instrumentar de manera más amplia y suficiente los Lineamientos para el desarrollo de las clases en la modalidad en línea para la Escuela Preparatoria “Ing. Pascual Ortiz Rubio” decretados en fecha 09 de marzo de 2021 y publicados en la página web de la escuela como medio oficial, mismos que se refieren a la impartición por parte de la planta docente de clases en videoconferencia, tiene a bien decretar:

LINEAMIENTOS PARA LA ATENCIÓN SINCRÓNICA DE CLASES EN LÍNEA PARA LA ESCUELA PREPARATORIA “ING. PASCUAL ORTIZ RUBIO”,

en tanto dure la contingencia sanitaria por el SARS-CoV-2.

  1. Las actividades académicas sincrónicas (en tiempo real), como las video clases, video conferencias o clases en línea, las consultas o interacción entre docentes y alumnos, deberán realizarse dentro del horario que se encuentra marcado para el desarrollo de la materia. 
  2. Los profesores en cada de una de las materias que tienen asignadas, deberán destinar al menos el 75% de las horas marcadas por semana para la realización de video-clases (sincrónicas) de conformidad con lo establecido en el art. 22 del Reglamento General de Exámenes de la UMSNH. En su caso el porcentaje restante de horas deberá de evidenciarse mediante la implementación de actividades y/o trabajos que se puedan realizar en distintos tiempos (forma asincrónica).
  3. Dentro del porcentaje mínimo señalado en el punto anterior, cada profesor deberá de reportar a la Dirección de la Escuela para darlo a conocer a los alumnos, el horario que estará destinando de manera recurrente a la atención de las materias de forma sincrónicas, por medio de video-clases, dentro del horario que se tiene asignado para el desarrollo de cada materia.
  4. El desarrollo de las clases de manera sincrónica, deberá de efectuarse en la plataforma google meet, accediendo todos los participantes a través de su cuenta de correo institucional en el dominio @umich.mx
  5. Se recomienda realizar la grabación de las clases para permitir a los alumnos que lo requieran, consultar los temas expuestos durante las mismas, además de que permitirá dar certeza de que en ningún momento haya maltrato o faltas de respeto por parte de cualquiera de los participantes. Las clases podrán ser grabadas por cualquiera de las partes: alumnos, profesor o la Institución, previo acuerdo entre los participantes, aceptando antes de iniciar la grabación de la clase, debiendo informar a los alumnos que las grabaciones solo tienen una finalidad academica que no deben ser utilizadas con otros fines y quedan sujetos en términos del aviso de privacidad alojado en el portal de transparencia de la Universidad Michoacana de San Nicolas de Hidalgo http://www.informacionpublica.umich.mx/ así como advertir que cualquier manejo distinto queda bajo la responsabilidad de quien lo haga.
  6. El profesor que así lo considere podrá solicitar a los alumnos el encendido de la cámara y que la mantenga así durante toda la sesión sincrónica, con el propósito de que pueda comprobar a través de medios idóneos que los alumnos están presentes en las lecciones impartidas. En caso de negativa por algún o algunos alumnos éstos quedarán sujetos a los llamamientos de atención que considere el profesor, pertinentes en las circunstancias específicas. 
  7. Durante la atención sincrónica, los alumnos deberán atender las siguientes recomendaciones:
    • Cumplir con los horarios para la de interacción sincrónica, de conformidad con los horarios oficiales, publicados en la página web de la escuela www.epipor.mx;
    • Mantener en todo momento el respeto y la tolerancia en las diferentes actividades del proceso académico;
    • Mantenerse informado acerca de las lecturas, actividades y tareas del curso asistiendo diariamente durante la asignación del curso al aula virtual.
    • Cumplir dentro del aula virtual con todas las asignaciones y actividades detalladas por el programa académico y el profesor a cargo, en el tiempo y forma establecidos;
    • Notificar al profesor por medio del aula google Classrroom, Google meet, correo institucional o por medio puesto al alcance por el profesor, sí por alguna razón excepcional, se encontrará en una circunstancia especial que le impidiera participar de alguna clase, para así recibir indicaciones de cómo proceder para evitar cualquier retraso en la materia;
    • Notificar al profesor por medio del aula Classroom, correo institucional o cualquier otro medio puesto a su alcance por el profesor y en la manera inmediata posible, si por alguna razón no pudiera cumplir con alguna asignación, tarea, hacer un examen o participar en alguna actividad del curso. En este caso el profesor resolverá lo pertinente y le será comunicado al estudiante y/o a los padres de familia, si es posible.
    • Los alumnos deberán tener una comunicación constante con el docente y los demás estudiantes cuando así se requiera.   
  8. Para la implementación de los presentes lineamientos se dispone que la Dirección de la Escuela instrumente un mecanismo de supervisión a través de cuentas oficiales que se informaran a la planta docente, a efecto de verificar única y exclusivamente la interacción académica, tanto en las sesiones sincrónicas (ejemplo video conferencia), como actividades asincrónicas (en la plataforma google classroom), sin que en momento alguno pueda juzgarse o hacerse referencia a los contenidos; lo anterior, a fin de salvaguardar la libertad de cátedra de los profesores y sujetándose a lo dispuesto en el “Aviso de privacidad de la UMSNH” y en los “Lineamientos para la protección de datos personales en actividades a distancia y a través de medios digitales de la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo”.

A T E N T A M E N T E

MORELIA, MICHOACAN, 06 DE MAYO DEL 2021

LIC. MARÍA DEL ROSARIO CORTÉS ZAVALA

PRESIDENTA DEL H. CONSEJO TÉCNICO

DE LA ESCUELA PREPARATORIA “ING. PASCUAL ORTIZ RUBIO”

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